Informe de la Comisión sobre la aplicación de las normas de competencia en el sector agrícola

La Comisión Europea ha publicado el primer informe sobre la aplicación de las normas de competencia en el sector agrícola, que pone de manifiesto que el trabajo de las autoridades europeas de competencia puede ayudar a los agricultores a obtener mejores condiciones y precios al vender sus productos a grandes compradores o cooperativas.

Fecha: 05-Nov-2018

 Las normas de competencia de la UE que prohíben los acuerdos relativos a la fijación de precios u otras condiciones comerciales o al reparto de mercados se aplican a la producción y a los intercambios comerciales de productos agrícolas. Sin embargo, el Reglamento sobre la organización común de mercados («Reglamento OCM») contiene excepciones a la aplicación de esas normas, que afectan a todos o a algunos sectores agrícolas o que se refieren a situaciones específicas.

El informe publicado hoy por la Comisión es el primero centrado específicamente en la aplicación de las normas de competencia de la UE al sector agrícola. Con esta base, la Comisión proseguirá su diálogo con las partes interesadas del sector agrícola, así como con los Estados miembros, el Parlamento Europeo y el Consejo, sobre las futuras opciones políticas relativas a la aplicación de las normas de competencia al sector agrícola. Asimismo, la Comisión intensificará su seguimiento del mercado, en particular en lo que respecta a los convenios colectivos que fragmentan el mercado interior.

Principales conclusiones del informe respecto a la labor de las autoridades europeas de competencia:

a) Investigaciones en el sector:

Las autoridades europeas de competencia han llevado a cabo 178 investigaciones en el sector agrícola. Más de un tercio de ellas afectaba a transformadores de productos agrícolas, siendo los agricultores el mayor grupo único de denunciantes.

Casi la mitad de las infracciones de las normas de competencia descubiertas en las investigaciones se refería a acuerdos sobre los precios. Normalmente, se trataba de acuerdos entre transformadores competidores para fijar el precio al por mayor (por ejemplo, del azúcar y la harina), o entre transformadores y minoristas, para fijar el precio al por menor (por ejemplo, de los productos lácteos, la carne o el aceite de girasol). Otras infracciones se referían a acuerdos sobre la producción, el intercambio de información o el reparto de mercados.

El informe llega a la conclusión de que las actividades de control de las autoridades europeas de competencia habían beneficiado a los agricultores gracias a mejores ofertas para sus productos. En particular, el informe señala varios casos en los que las autoridades europeas de competencia pusieron fin e impusieron sanciones a prácticas empleadas por los grandes compradores para reducir los precios pagados a los agricultores. Además, la labor de las autoridades europeas de competencia también ha ayudado a los agricultores a mejorar sus condiciones con las cooperativas.

 b) Protección del mercado interior:

Una de las principales constataciones del informe es que algunos Estados miembros han intentado en ocasiones restringir las importaciones de determinados productos agrícolas procedentes de otros Estados miembros. Varias autoridades europeas de competencia han investigado y suspendido una serie de convenios colectivos, cuando, por ejemplo, los agricultores de un determinado Estado miembro intentan obstaculizar las ventas de agricultores de otros Estados miembros.

Estas actuaciones de las autoridades de competencia han ayudado tanto a los consumidores de los Estados miembros en los que las importaciones podrían haberse restringido, como a los agricultores de todos los demás Estados miembros que se habrían visto afectados por el intento de entorpecer las ventas transfronterizas.

c) Orientación y seguimiento:

Las autoridades europeas de competencia han proporcionado orientación a los agricultores, a otros agentes económicos y a las Administraciones sobre la manera de interpretar y aplicar el Derecho de la competencia en el sector.

Respecto a las excepciones a las normas de competencia aplicables a las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales reconocidas, el informe indica que pueden contribuir a reforzar la posición de los agricultores y a mejorar la eficiencia de la cadena alimentaria. En el sector de las frutas y hortalizas, casi el 50% de la producción es comercializada por las organizaciones de productores, y también tienen gran peso en los sectores lácteo, cárnico, del aceite de oliva y de los cereales. Además, existen 128 organizaciones interprofesionales reconocidas en la UE, principalmente en Francia y España.

Por último, y respecto a los instrumentos sectoriales específicos en el sector agrícola, el informe confirma que se están utilizando en beneficio de los agricultores y del sector en general: se ha utilizado ampliamente la posibilidad de acordar un mecanismo de reparto del valor de carácter voluntario en el sector del azúcar; también se ha recurrido con frecuencia a medidas de estabilización del mercado en el sector vitivinícola; y se han establecido medidas de gestión de la oferta para productos con denominaciones de origen protegidas o indicaciones geográficas protegidas en el sector del queso y del jamón.