El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación comunica a las Comunidades Autónomas la superficie a conceder en autorizaciones para nuevas plantaciones de viñedo

Los nuevos criterios aplicados han permitido concentrar el 80% de la superficie concedida a los grupos de prioridad, entre los que se encuentran los jóvenes y las pequeñas y medianas explotaciones, cuyos solicitantes han recibido el 100% de la superficie admisible Las comunidades autónomas deberán notificar la resolución a los solicitantes antes del 1 de agosto

Fecha: 03-Jul-2019

Tags: viñedo

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha comunicado a las Comunidades Autónomas las superficies a conceder por cada solicitud de autorización para nuevas plantaciones de viñedo,  tras haber centralizado y ordenado, a nivel nacional, las solicitudes admisibles puntuadas remitidas por las CCAA.

 El reparto de la superficie se ha realizado bajo los nuevos criterios de priorización establecidos por el Real Decreto 1338/2018 de potencial vitícola. Estos criterios han permitido concentrar el 80% de la superficie concedida en todos los grupos de prioridad, cuyos solicitantes han recibido el 100% de la superficie admisible que habían solicitado.

 Asimismo, por primera vez, se ha tenido en cuenta una superficie máxima admisible por solicitante de 5 hectáreas.

 Así, de las 7.797 hectáreas solicitadas que cumplían los criterios de elegibilidad, 6.460 hectáreas se han tenido en cuenta para la distribución tras aplicar el umbral máximo de 5 hectáreas por solicitante.

 Las autorizaciones disponibles establecidas para 2019 se fijaron en 4.747,5 hectáreas, por lo que el porcentaje de superficie admisible satisfecha alcanza el 73,5%, más del doble que en 2018.

 Del total de superficie concedida, 1.479,2 hectáreas corresponden a solicitudes de viticultores con mediana explotación, 1.232,6 a viticultores jóvenes y 202,8 a jóvenes viticultores recientemente incorporados a la actividad. Las restantes 911,1 hectáreas corresponden a solicitantes sin ninguna puntuación y sobre los que se ha aplicado el porcentaje de prorrateo, concediéndose el 35% de la superficie admisible, inferior a 5 hectáreas, que habían solicitado.

 

Todo ello, según se establece en la normativa comunitaria y nacional, y teniendo en cuenta las limitaciones que se han aplicado en las zonas geográficas de determinadas Denominaciones de Origen Protegidas.

 Las Comunidades Autónomas deberán notificar la resolución a los solicitantes antes del 1 de agosto.

 

AUTORIZACIONES DE PLANTACIONES

 El 1 de enero de 2016 entró en vigor el nuevo régimen de autorizaciones de plantaciones de viñedo, que sustituye al antiguo sistema de derechos y que permite continuar con un crecimiento controlado del potencial de producción. El nuevo sistema permite obtener una autorización a partir de un cupo que se establece cada año para nuevas plantaciones.

 El 27 de diciembre de 2018 se publicó en el BOE la Resolución de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se fija como límite de superficie disponible para la concesión de autorizaciones para nuevas plantaciones para 2019, en el 0,5% de la superficie plantada a 31 de julio de 2018, lo que equivale a 4.747,5 has.

 Además, en dicha Resolución se establecen limitaciones a nuevas plantaciones y/o restricciones a la replantación y conversión para las Denominaciones de Origen pluricomunitarias que habían presentado recomendaciones a 1 de noviembre: Rioja y Cava. En concreto, se establece que, para el año 2019, la superficie disponible para autorizaciones de nueva plantación en la respectiva zona geográfica delimitada de la DOP será de un máximo de: 0,1 ha en la DOP “Rioja” y 0,1 has en la DOP “Cava”.

 Además, en el ámbito de las Denominaciones de Origen que son competencia de una Comunidad Autónoma se han establecido limitaciones a nuevas plantaciones en las DOPs de “Chacolí de Bizkaia”, “Chacolí de Getaria”, “Chacolí de Álava”, “Rueda” y “Ribera del Duero”.