La lista positiva de aditivos ha sido actualiza

Se modifican los usos de fosfatos en preparados de carne para productos tradicionales, a iniciativa del Gobierno de Chequia. En otro orden, se ha revisado el empleo de gases propelentes para preparados de colorantes. Comentamos algunos de los aspectos más relevantes de estas novedades en la legislación alimentaria.

Fecha: 25-May-2017

Fuente: AINIA

Fosfatos en preparados de carne

Hace 2 años (11/05/15) las autoridades checas solicitaron la autorización del uso de ácido fosfórico, fosfatos, difosfatos, trifosfatos y polifosfatos («fosfatos») como estabilizador en los siguientes preparados checos de carne: Bílá klobása, Vinná klobása, Sváteční klobása y Syrová klobása. Aquí tenemos un buen ejemplo de la iniciativa por parte de las autoridades de un Estado miembro de la UE para que la lista positiva de aditivos se adapte a la realidad agroalimentaria de todos los países.
La situación que les llevó a realizar esta solicitud, se origina en la necesidad de que haya que usar fosfatos para mantener el estado físico-químico y aumentar la capacidad aglutinante de los productos checos mencionados previamente, algo similar a lo que sucedía con las breakfast sausages y las Bräte (preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento 853/2004). Es importante recordar, que además de estas cuestiones técnicas, el Reglamento 1333/2008 también tiene presente que en su caso se tomen en consideración los factores relacionados con tradiciones, algo que aquí también se ha valorado.
Dicho todo esto, lo primordial es la seguridad alimentaria, que ya fue evaluada por el Comité Científico de la Alimentación Humana (ingesta diaria tolerable máxima de 70 mg/kg de peso corporal) y sopesando que esta solicitud relacionada con los fosfatos se limita a un pequeño número de productos, no es previsible un impacto significativo en la exposición total a los fosfatos, procediéndose a la ampliación del uso.
Le recomiendo leer el Reglamento (UE) 2017/871 de la Comisión, en el que se contempla el texto íntegro de la nueva disposición.
Gases propelentes para preparados de colorantes

La revisión recientemente aprobada, ha dado curso a la solicitud de autorización de empleo del butano (E 943a), el isobutano (E 943b) y el propano (E 944) como gases propelentes en preparados de colorantes contemplados en los grupos II y III del Reglamento 1333/2008 (26/01/16).
Estos gases (butano, isobutano y propano), son necesarios para producir la presión adecuada para la expulsión de preparados de colorantes de un pulverizador a fin de obtener una adecuada cobertura homogénea de colorantes en los alimentos.
La seguridad de este tipo de aditivos está probada desde hace décadas, ya que en su día (1991) el Comité Científico de la Alimentación Humana evaluó su seguridad como disolventes de extracción, aceptando un límite de residuos en los alimentos de 1 mg/kg por sustancia. Además de forma más concreta se emitió un dictamen para su uso como gases propelentes en los pulverizadores de cocina en aerosol a base de aceite vegetal y en los aerosoles de cocina de emulsiones acuosas (1999), confirmando que no planteaban problemas toxicológicos.
Por tanto, considerando los antecedentes, se accede a la autorización para uso profesional y sin superar el límite de 1 mg/kg para el butano (E 943a), el isobutano (E 943b) y el propano (E 944) como gases propelentes en preparados de colorantes del grupo II y del grupo III.
Para ampliar la información pueden revisar el Reglamento (UE) 2017/874 de la Comisión.
Estos son algunos de los ejemplos que nos podemos encontrar en la evolución de la regulación sobre aditivos alimentarios y que conectan de forma directa con la I+D+i agroalimentaria. Consideramos por ello importante el seguimiento de la evolución legal, tanto a posteriori una vez se aprueban las disposiciones, como en fases previas para poder trabajar con un enfoque anticipatorio desde el punto de vista jurídico y del científico-técnico.
Desde AINIA, ponemos a su disposición nuestro equipo de especialistas en Derecho Alimentario y en aquellas cuestiones técnicas vinculadas con los aditivos para interpretar y aplicar de la mejor forma los requerimientos legales acorde con marco jurídico aplicable en España y la UE, que podrán ayudarle en las cuestiones regulatorias o técnicas que sobre estos temas puedan surgirle.
Asimismo, le animamos a que se sume al grupo sobre Legislación Alimentaria en LinkedIn y que participe activamente en la actividad del mismo alrededor de las cuestiones regulatorias que afectan al sector agroalimentario.