El Gobierno modifica la normativa sobre autorizaciones para plantaciones de viñedo

La modificación busca dotar de mayor estabilidad al sector vitivinícola y garantizar mayor seguridad jurídica en algunos aspectos de la normativa En el caso de autorizaciones en una Denominación de Origen supraautonómica, las recomendaciones sobre limitaciones y restricciones presentadas por el sector serán vinculantes para la decisión que adopte el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

Fecha: 23-Sep-2019

Tags: viñedo , normativa

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, un Real Decreto que modifica el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola, con lo que se pretende dotar de mayor estabilidad al sector y garantizar mayor seguridad jurídica en algunos aspectos de la normativa.

 Entre las principales novedades de este Real Decreto se encuentra la mejora del procedimiento de concesión de autorizaciones de nuevas plantaciones y de replantaciones de viñedo.

 Así, en el caso de autorizaciones para nuevas plantaciones y replantaciones en el territorio de una Denominación de Origen de carácter supraautonómica, cuyo ámbito es de competencia estatal, (Cava, Rioja y Jumilla), las recomendaciones sobre limitaciones y restricciones recibidas de los representantes del sector serán vinculantes para la decisión que adopte el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

 Dichas recomendaciones se canalizarán a través de los Consejos Reguladores , siempre que se presenten según lo exigido en la normativa de la Unión Europea.

 De esta forma, será el propio sector, a través de sus Consejos Reguladores, quien tomará las decisiones sobre la limitación o expansión de las superficies de plantación, de acuerdo al marco general establecido por la normativa comunitaria.

 Entre otros aspectos, se aclara la aplicación de algunos requisitos del criterio de admisibilidad para autorizaciones de nuevas plantaciones, relativo a la capacidad y competencia profesional. También se modifica el criterio de “joven nuevo viticultor” para garantizar que las explotaciones de titularidad compartida no queden discriminadas a la hora de cumplir este criterio de prioridad en las concesiones. De igual forma, con esta nueva norma se actualizan las variedades de uva de vinificación autorizadas. 

Este Real Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOE y será aplicable a la convocatoria de solicitudes de autorizaciones nuevas plantaciones de 2020.