El FEGA establece los criterios para acceder a la reserva nacional

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado la circular de coordinación mediante la que se regulan, para la campaña 2019, las condiciones y requisitos mínimos de cada uno de los casos por los que se puede acceder a la reserva nacional, así como los métodos de cálculo aplicables a cada uno de ellos, de acuerdo con la legislación comunitaria y nacional vigente.

Fecha: 30-Jan-2019

Tags: acuerdos , pagos

Fuente: Euroganadería

El organismo destaca, como principales novedades respecto a la campaña anterior, que se han actualizado y reorganizado los supuestos reconocidos por los Reales Decretos 1075 y 1076/2014, de 19 de diciembre, en su redacción vigente, que pueden considerarse como creación de condiciones artificiales para el acceso a la reserva nacional.

Igualmente, subraya que, en aras de favorecer la incorporación de nuevos agricultores, con vistas a la fijación de población en el medio rural, se han aclarado ciertas situaciones de reconocimiento de la formación o capacitación agraria.

Por último, se ha clarificado la situación de los autónomos colaboradores en relación con la actividad previa; así como los requisitos que deben cumplir las incorporaciones de primera instalación en el ámbito de un Programa de desarrollo Rural ejecutado en fases.

Esta Circular se ha adoptado en consenso con las comunidades autónomas mediante las reuniones del grupo de coordinación del pago básico, constituido por el FEGA.