El BOE publica los seguros de cultivos forrajeros y agroenergéticos, así como de fruta de pepita y hueso

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles 14 sendas órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que regulan los seguros de explotaciones de cultivos forrajeros y agroenergéticos comprendidos en el trigésimo noveno Plan de Seguros Agrarios Combinados.

Fecha: 15-Nov-2018

La Orden APA/1179/2018, de 6 de noviembre, define los bienes y rendimientos asegurables, condiciones técnicas mínimas de cultivo, ámbito de aplicación, periodos de garantía, fechas de suscripción y precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos forrajeros.

Detalla que son asegurables, en los riesgos precisados en un anexo, las variedades de cultivos forrajeros y la paja de los cultivos de cereales de invierno: trigo blando, trigo duro, tritordeum, espelta, cebada, avena, centeno, triticale y sus mezclas, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del periodo de garantía y ubicada en el ámbito de aplicación del seguro.

También son asegurables la producción de pastos que sea susceptible de aprovechamiento a diente por el ganado y las instalaciones de cabezal de riego y red de riego en parcelas, siempre que cumplan las especificaciones contenidas en el anexo II.

La Orden APA/1179/2018, de 6 de noviembre, define los bienes y rendimientos asegurables, condiciones técnicas mínimas de cultivo, ámbito de aplicación, periodos de garantía, fechas de suscripción y precios unitarios del seguro de explotaciones de cultivos forrajeros.

Detalla que son asegurables, en los riesgos precisados en un anexo, las variedades de cultivos forrajeros y la paja de los cultivos de cereales de invierno: trigo blando, trigo duro, tritordeum, espelta, cebada, avena, centeno, triticale y sus mezclas, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del periodo de garantía y ubicada en el ámbito de aplicación del seguro.

También son asegurables la producción de pastos que sea susceptible de aprovechamiento a diente por el ganado y las instalaciones de cabezal de riego y red de riego en parcelas, siempre que cumplan las especificaciones contenidas en el anexo II.

Asimismo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) publica también en el Boletín Oficial del Estado (BOE) las condiciones para asegurar varias producciones de fruta de pepita y hueso en distintas áreas geográficas.

La Orden APA/1180/2018 se refiere a la cobertura de riesgos naturales que afecten a cultivos de albaricoque, ciruela, manzana de mesa, manzana de sidra, melocotón, nectarina, paraguayo, platerina y pera, así como a los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción y las instalaciones.

Los daños que cubre esta línea de seguro son el pedrisco, las heladas, la falta de cuajado y otros riesgos excepcionales que hayan afectado a la calidad o cantidad del fruto.

El primer periodo de suscripción del seguro para explotaciones de fruta de hueso y de pepita comienza el 15 de noviembre para algunas variedades de Extremadura, Andalucía, Región de Murcia, Comunidad Valenciana y de comarcas como la de El Bierzo (León) o Hellín (Albacete).

El albaricoque de producción ecológica (112 euros/100 kg) y la pera caruja de El Bierzo (106 euros/100 kg) son los precios a efectos del seguro máximo más elevados.