Denominaciones cárnicas: El Parlamento Europeo no aprueba su protección conjunta en toda la UE

El Parlamento Europeo rechazó el viernes por 284 votos a favor, 379 en contra y 27 abstenciones las enmiendas que proponían la reserva en todos los países de la Unión de los nombres de productos relacionados con la carne para los productos que contienen ese ingrediente. De este modo, se ha perdido una oportunidad de establecer una legislación conjunta en la UE sobre las denominaciones cárnicas.

Fecha: 28-Oct-2020

El resultado real es que el Parlamento Europeo no ha aprobado nada sobre esta materia, ni la prohibición ni el permiso para el uso de denominaciones cárnicas por parte de productos que no lo son. Simplemente ha rechazado enmiendas que hubieran establecido una legislación al respecto, al contrario precisamente de lo que sí ha hecho con los productos lacteos, donde se ha pronunciado en contra de que aquellos productos que no contengan leche puedan usar denominaciones lácteas. 

De manera que se mantendrá la situación actual en la que cada país puede legislar por su cuenta la permisibilildad o no en su mercado de denominaciones como hamburguesa para productos que no contengan carne. Actualmente, FranciaFinlandia y España tienen diferentes tipos de legislaciones  que prohiben el uso de denominaciones cárnicas en productos vegetales. En concreto, en España las denominaciones cárnicas están bien protegidas mediante el Real Decreto 474/2014, de 13 de junio, por el que se aprueba la norma de calidad de derivados cárnicos y el Acuerdo de la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria sobre este tema.

Dichas legislaciones (España, Francia y Finlandia) pueden descargarse desde este enlace a nuestra área de descargas de legislación y documentos de interés del sector cárnico.