Calendario de medidas para regular el mercado del vino

El pasado mes de agosto, el Ministerio anunciaba el diseño de una serie de mecanismos para regular el mercado del vino —particularmente de los que se comercializan sin indicación geográfica— y contactos con el sector para impulsar las medidas más adecuadas, partiendo de una propuesta presentada por la Organización Interprofesional del Vino de España.

Fecha: 04-Oct-2019

Tags: vino

Medidas de las que ahora concreta su calendario y que van encaminadas a mejorar la calidad y ajustar la oferta a la demanda, contribuyendo a paliar el excesivo efecto que sobre el mercado del vino tiene, no sólo el volumen de producción anual, sino también las existencias finales de cada campaña y que determinan las disponibilidades para la campaña siguiente, lo que se traduce en una gran variabilidad de los precios, que traslada a los productores de uva de vinificación una presión creciente.

Medidas para regular el mercado del vino

Algunas de las medidas, en concreto el control reforzado para mejorar la trazabilidad en el ámbito de la vertebración sectorial, ya se están aplicando en esta campaña gracias a la extensión de norma aprobada por la OIVE y publicada en el BOE el pasado 27 de julio, por la que se extiende el Acuerdo de la Organización Interprofesional del Vino de España al conjunto del sector y se fija la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción e información del sector vitivinícola y sus productos, inteligencia económica, vertebración sectorial, investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios, durante las campañas comprendidas entre 2019 y 2024.

Otra serie de medidas requieren la iniciativa de las administraciones, por lo que hasta ahora, el Ministerio ha llevado a cabo un análisis de su viabilidad, así como de los instrumentos jurídicos más adecuados para ponerlas en práctica. El Ministerio convocará reuniones durante el mes de octubre para trabajar conjuntamente con el sector y las comunidades autónomas sobre esta hoja de ruta. Estas medidas son:

Requisitos mínimos de calidad para uva de vinificación fuera de indicaciones geográficas de calidad (DOP o IGP). El objetivo de esta medida —cuya puesta en marcha se prevé para el inicio de la campaña 2020/2021— es garantizar una calidad mínima de las uvas entregadas en bodega para su transformación en vino. Sería aplicable a las uvas destinadas a elaborar vinos sin denominación de origen ni indicación geográfica protegida. Con ello se pretende evitar que se produzcan vinos de baja calidad, con grandes dificultades para ser comercializados todos los años y que son los que suelen engrosar las existencias a finales de campaña.

Intensificación del control de subproductos para destilación. El Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola Español contiene una medida destinada a la destilación de los subproductos de la vinificación. Esta medida —cuya puesta en marcha se prevé para el próximo 1 de noviembre—

permite, entre otros aspectos, que el líquido que todavía queda en los productos no se convierta en vino, generalmente de mala calidad, mediante el sobreprensado, retirándose así del mercado del vino con destino a consumo. En consecuencia, el objetivo es reforzar los controles sobre el terreno en las destiladoras autorizadas, para controlar que se entregan los subproductos a destilar y, con ello, que no se utilizan para producir vino.

Mecanismos de regulación de la oferta de vino. Teniendo en cuenta que la producción anual de vino está muy influenciada por la climatología de cada año, es necesario que el sector del vino sin indicación geográfica tenga de una herramienta que le permita mantener la oferta ajustada a la demanda, particularmente en campañas en las que las disponibilidades (la suma entre las existencias finales y la producción) sean muy superiores a las de un año normal.

El objetivo de esta medida es desarrollar dicha herramienta, cuya base jurídica es el artículo 167 del Reglamento de la Organización Común de los Mercados Agrarios, y que permite a los Estados miembros productores establecer normas de comercialización para regular la oferta, en particular mediante las decisiones adoptadas por las organizaciones interprofesionales.

En su virtud se publicó el Real Decreto 774/2014, que establece que podrán establecerse normas de comercialización que tengan como objetivo regular la oferta para mejorar la estabilidad y el funcionamiento del mercado común en el sector de los vinos.

Esta norma será ahora modificada con el fin de establecer en la misma las condiciones del mercado que desencadenarían el mecanismo de regulación. Así estas condiciones serán conocidas por los operadores antes de que comience cada campaña. Un mecanismo que sea transparente, esté basado en mecanismos de desencadenamiento perfectamente definidos y conocidos, amparados en variables cuantificables, y que ofrezca la necesaria seguridad jurídica y excluya cualquier posible falseamiento de la competencia.